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El peligro invisible de los scooters eléctricos: Muerte de una niña en Guasave exhibe la falta de regulación en estos vehículos

  • Foto del escritor: MERCURIO
    MERCURIO
  • hace 5 horas
  • 4 min de lectura

Velocidad sin control, ausencia de casco y calles sin infraestructura adecuada: el caso que expone por qué los scooters eléctricos pueden convertirse en una trampa mortal para menores de edad.

Los scooters eléctricos e individuales se han consolidado como una alternativa rápida y práctica para la movilidad urbana. Sin embargo, el crecimiento de su uso en las calles —muchas veces sin la supervisión ni las medidas de seguridad adecuadas— ha encendido las alarmas tras registrarse tragedias que ponen de manifiesto la urgencia de regular su velocidad, el equipo de protección y las restricciones de edad para su manejo.


La tragedia en Guasave: Cuando la micromovilidad se convierte en un riesgo mortal

El debate sobre la seguridad de estos dispositivos dejó de ser una advertencia preventiva para convertirse en una dolorosa realidad. Un trágico accidente cobró la vida de Scareth, una niña de 10 años originaria de la comunidad de Buen Retiro, en la sindicatura de Tamazula, municipio de Guasave, Sinaloa.


La menor sufrió una aparatosa caída mientras viajaba a bordo de un patín eléctrico. Debido a la gravedad de las lesiones, fue ingresada de urgencia a un hospital y posteriormente trasladada a la ciudad de Culiacán para ser sometida a una intervención quirúrgica de alta especialidad.


Lamentablemente, tras agonizar durante dos días, se confirmó su fallecimiento, enlutando a la comunidad donde se preparaba para cursar el sexto grado de primaria. Este caso pone de relieve la vulnerabilidad extrema a la que se exponen los menores de edad al operar vehículos para los cuales no cuentan con la madurez psicomotriz ni la protección física indispensable.


¿Qué dice la ley y cuáles son los riesgos reales al circular en la ciudad?

Los scooters eléctricos se han consolidado como una de las alternativas más prácticas para la movilidad urbana. Sin embargo, el crecimiento de su uso en las calles ha traído consigo un aumento preocupante en la siniestralidad vial, abriendo el debate sobre la necesidad urgente de regular su velocidad, el equipo de protección y las exigencias legales para sus operadores.


La micromovilidad urbana ofrece ventajas indiscutibles frente al tráfico pesado, pero la falta de protección estructural expone a los conductores a consecuencias severas ante cualquier incidente. Las estadísticas de siniestralidad vial señalan que los accidentes que involucran a otros vehículos motorizados concentran la mayor gravedad, representando más del 80 por ciento de las fatalidades registradas en este medio de transporte.


A diferencia de un automóvil, los scooters cuentan con ruedas de diámetro pequeño, lo que los vuelve sumamente sensibles a las irregularidades del terreno. Un bache profundo, una coladera abierta, las vías del tranvía o el pavimento mojado son suficientes para provocar una pérdida de control y proyecciones frontales sumamente peligrosas. Además, las colisiones en zonas peatonales o las caídas derivadas del mal estacionamiento de unidades de renta continúan generando lesiones recurrentes tanto en operadores como en transeúntes.


En cuanto al rendimiento, la mayoría de los modelos comerciales estándar limitan su velocidad de fábrica entre los 20 y 25 km/h. No obstante, los dispositivos de alto rendimiento superan fácilmente estas cifras, alcanzando o rebasando barreras de los 30 a 45 km/h, lo que incrementa exponencialmente la distancia de frenado y la gravedad del impacto en caso de siniestro.


¿Qué exige la ley? Clasificación, licencias y reglamentos de tránsito

Ante el vacío legal que imperaba en años anteriores, las normativas de movilidad urbana han evolucionado para clasificar estos vehículos y establecer reglas claras de circulación:

  • Vehículos Eléctricos Personales (VEP): Unidades que no rebasan los 25 km/h, con una potencia menor a 250 watts y un peso inferior a 35 kg. No requieren placas, pero sí un holograma de registro y deben circular exclusivamente por ciclovías.

  • Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE): Modelos de alta potencia que superan los 25 km/h. Este grupo exige obligatoriamente portar placas, tarjeta de circulación, distintivo y contar con licencia de conducir tipo A1 o A2 (la misma que se solicita para motocicletas), estando restringidos de manera exclusiva para mayores de edad.


El reglamento de tránsito prohíbe de forma tajante la circulación de cualquier scooter por banquetas, carriles confinados de transporte público y vías primarias o de acceso controlado donde el límite de velocidad rebase los 50 km/h. Asimismo, las autoridades sancionan económicamente y remiten al depósito vehicular a quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.


Equipo de protección obligatorio y recomendaciones de los fabricantes

Los manuales e instructivos proporcionados por los creadores y fabricantes de estos dispositivos establecen una edad mínima recomendada de entre 16 y 18 años para su manejo, debido a que se requiere madurez espacial, atención plena y dominio del equipo para responder ante imprevistos viales.


Por su parte, las disposiciones de seguridad vial dictan que el uso de casco protector tipo motociclista es estrictamente obligatorio para todo operador. Circular sin esta protección no solo pone en riesgo la vida ante un impacto craneal severo, sino que es motivo de multas inmediatas.


Complementariamente, los scooters deben contar con sistemas de iluminación delantera y trasera plenamente funcionales, así como elementos reflectantes que garanticen la visibilidad del conductor durante las horas de baja iluminación nocturna.


Casos registrados en México
  • 3 de febrero de 2019 (Ciudad de México):

    Se registró el primer caso mediático y oficial de un deceso en monopatín eléctrico en el país. Un joven de 28 años que utilizaba un scooter rentado de la empresa Lime fue atropellado por un taxi en la zona de la Avenida Chapultepec y la colonia Juárez (CDMX). El conductor intentó huir pero fue detenido.

  • 13 de septiembre de 2024 (Nuevo León):

    Un hombre de 43 años, identificado como Antonio, falleció tras impactar y chocar el scooter eléctrico que conducía contra un vehículo que se encontraba estacionado en la colonia El Fundador. [1]

  • 18 de abril de 2025 (Ciudad de México):

    Una mujer de 41 años murió en un incidente vial mientras manejaba su scooter eléctrico al chocar contra una motoneta sobre la Calzada Ermita Iztapalapa.

  • 1 de mayo de 2026 (Puebla):

    Un hombre identificado como Ariel Mondragón falleció tras sufrir una caída aparatosa de su scooter eléctrico mientras transitaba por una ciclovía ubicada en la colonia Huexotitla, en la ciudad de Puebla. 


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